
El derecho de cobro de medianería surge cuando una nueva construcción se adosa al muro divisorio preexistente. La liquidación que determina el monto que se abonará a los propietarios del inmueble lindero debe ser realizada por profesionales con conocimiento del tema. El resultado final se materializa en un Convenio de Medianería. Este documento define y garantiza la propiedad de los distintos sectores del muro a cada uno de los vecinos colindantes.

Para efectuar la liquidación conviene contactar al profesional desde el inicio de la nueva obra lindera, en su etapa de demolición. Esta primera actuación permite certificar la silueta del edificio preexistente que fue demolido. Desde ese momento hasta la finalización de la obra se puede gestionar la documentación necesaria para evaluar los otros parámetros a considerar. Finalmente, cuando se haya terminado de adosar el nuevo edificio al muro divisorio preexistente, se estará en condiciones de iniciar el reclamo de cobro, con el asesoramiento permanente de nuestros expertos.
Además, debe verificarse la aparición de daños, fisuras y humedades generadas por la construcción de la nueva obra.